Cuando se habla de la preparación de un examen de interpretación, hay un factor que nunca se menciona: las preferencias de los miembros del tribunal. Y es normal que no se mencione porque no serviría de nada, dado que el candidato no tiene forma de averiguar cuáles son esas preferencias.
Y sin embargo, pueden tener una influencia enorme en la decisión que tome el tribunal, y este debería tenerlo en cuenta.
¿Qué importancia relativa tienen la forma y el fondo? ¿Es mejor un nivel de registro elevado, elegante, o más bien cotidiano y popular? ¿Y los extranjerismos y neologismos, se aceptan todos, solo algunos, cuáles? ¿Y los localismos? ¿Hay que distanciarse mucho o poco del orador?
Sobre todo esto hay opiniones para todos los gustos. Que quede claro: no sugiero que se baje el listón, sino solo que los miembros del tribunal deberían intentar distinguir entre lo que cabe exigir para evaluar la competencia profesional de un candidato y lo que más bien corresponde a sus preferencias personales y subjetivas, muy respetables pero que, repito, el candidato no puede conocer.
El evaluador tiene un gran poder sobre el evaluado, y ese poder debe ejercerse con responsabilidad.
Francisco Hidalgo.